Desde el 2007, Fundación Integrar ofrece becas de educación superior a jóvenes de alto potencial y bajos recursos económicos que quieren hacer estudios superiores. Nuestro objetivo es que adquieran las competencias necesarias para insertarse en el mercado laboral de manera competitiva, favoreciendo así su movilidad social.
Nuestras Becas:
- Beca Integrar Universitaria: Destinada a jóvenes de 17 a 24 años que quieren hacer una carrera terciaria o universitaria. Pueden aplicar estudiantes del último año del secundario o que estén cursando los primeros años del nivel superior. Privilegiamos carreras estratégicas de corta duración y/o con títulos intermedios.
- Beca IntegrarTEC: Destinada a jóvenes de 17 a 28 años que quieren ser programadores. Pueden aplicar estudiantes del último año del secundario o jóvenes que estén realizando o no, estudios de nivel superior.
Podrán postularse al Programa de BECAS INTEGRAR UNIVERSITARIAS aquellos jóvenes que quieran hacer estudios superiores, tengan un buen nivel académico y cumplan con los criterios de selección y permanencia establecidos:
* INGRESANTES A LA CARRERA EN 2025: no deberán tener más de 21 años de edad al momento del cierre de la presente convocatoria.
*CONTINUIDAD EN LA CARRERA 2025: Los estudiantes en curso que vean amenazada la continuidad de sus estudios por dificultades económicas no deberán tener más de 24 años de edad al momento del cierre de la presente convocatoria. Deberán tener aprobado el CBC, curso de ingreso o similar, y estar cursando el 1º o 2º año de su carrera.
* Si sos beneficiario/a de la Beca Progresar u otros, también podés aplicar.
(1) Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) comprendida por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 24 municipios bonaerenses: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Malvinas Argentinas, Merlo, Moreno, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.
(2) Deberá presentar una Declaración Jurada de Ingresos y gastos del grupo conviviente.